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La Junta de Competencia desmiente la noticia de la "prohibición de las avellanas" para Ferrero

La Junta de Competencia desmiente la noticia de la "prohibición de las avellanas" para Ferrero

La Junta de Competencia desmintió la noticia sobre la anulación de la decisión tomada por el Tribunal Administrativo 15 de Ankara con respecto a la investigación sobre Ferrero Fındık İthalat İhracat ve Tic. AŞ, que resultó en un compromiso.

El comunicado de la Junta Directiva decía: «La noticia de que Ferrero suspenderá sus actividades de compra, trituración y exportación de avellanas en Turquía, que solo podrá importarlas y que la Junta ha decidido imponerle una multa administrativa no refleja la realidad».

La declaración completa de la Junta de Competencia es la siguiente:

La necesidad de emitir un comunicado surge debido a la noticia falsa y engañosa publicada en la prensa sobre la anulación, por parte del Tribunal Administrativo 15 de Ankara, de la decisión de la Junta de Competencia relativa a la investigación de Ferrero Fındık İthalat İhracat ve Tic. AŞ, que dio lugar a un compromiso. Como se recordará, la investigación sobre Ferrero concluyó el 7 de marzo de 2024 con la aceptación de los compromisos presentados por Ferrero, que incluían básicamente la reducción de la compra de avellanas sin cáscara, el aumento de la compra de avellanas nacionales, la realización de las compras de avellanas de forma que no perturbaran el funcionamiento del mercado y no realizar compras por debajo del precio de referencia de la Oficina de Productos del Suelo.

DECISIÓN DE LA JUNTA CANCELADA

Tras la decisión, se interpuso una demanda de anulación ante el Tribunal Administrativo 15 de Ankara en relación con la decisión de la Junta. Al término del proceso, el Tribunal Administrativo 15 de Ankara anuló la decisión de la Junta, argumentando que los compromisos ofrecidos, centrados en el precio y la cantidad, no ofrecían una garantía concreta y fiable de que Ferrero eliminara su potencial de abuso de posición dominante ni pusiera fin de forma permanente a sus prácticas excluyentes y explotadoras en el mercado; que los efectos de los compromisos asumidos en el mercado de la avellana no se habían evaluado mediante un análisis económico holístico y, por lo tanto, la decisión sobre los compromisos era insuficiente en su forma actual.

LAS NOTICIAS NO REFLEJAN LA VERDAD

La decisión del tribunal solo evaluó la decisión de la Junta Directiva sobre la conclusión del expediente de investigación con base en los compromisos, y no incluye sanciones contra Ferrero ni otras partes relevantes. En otras palabras, la noticia de que Ferrero suspenderá sus actividades de compra, trituración y exportación de avellanas en Turquía, que solo podrá importarlas y que la Junta Directiva ha decidido imponerle una multa administrativa, no refleja la realidad. Cabe señalar, además, que el proceso legal sobre este asunto está en curso.

De conformidad con la decisión judicial, si bien la obligación de Ferrero de cumplir con los compromisos adquiridos ha expirado, ha sido necesario reintroducir el asunto en la agenda de la Junta de Competencia para realizar un análisis de mercado basado en datos concretos y realizar las evaluaciones necesarias para garantizar y mantener el funcionamiento eficaz de la competencia en el mercado de la avellana. En este contexto, la obligación de Ferrero de no abusar de su posición dominante continúa vigente hasta que la Junta de Competencia adopte una nueva decisión. Respetuosamente anunciado al público.

ahaber

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